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El Mundo

Normas claras y justicia

impuesto hipotecas

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El fuerte castigo sufrido en Bolsa por los bancos españoles desde el 16 de octubre es el mejor ejemplo del daño que puede hacer la inseguridad jurídica. La especulación que se ha cebado sobre las entidades desde la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto en la firma de las hipotecas no tiene nada que ver con la actividad de los bancos, que es dar financiación y gestionar el ahorro de familias, ni con su situación de solvencia. La inesperada decisión del Alto Tribunal ha generado una gran incertidumbre al anular una norma asentada desde hace más de dos décadas y que este mismo año fue reafirmada por su propia jurisprudencia.

El desarrollo correcto de cualquier actividad precisa de normas claras y predecibles. Más aún en el caso de los bancos, que desempeñan un papel fundamental en la sociedad al financiar el crecimiento económico y contribuir a la prosperidad. Los bancos son parte de la sociedad puesto que sus miembros son accionistas y depositantes en las entidades, por un lado, y receptores de financiación, por otro, lo que implica que la estabilidad de los bancos es una prioridad para todos. Esto debería llevar a nuestras autoridades a hacer una reflexión profunda sobre todo lo que está ocurriendo y valorar sus potenciales implicaciones en el futuro si la situación no se aclara y resuelve lo antes posible.

Lo más sorprendente de todo es que la sentencia del Tribunal Supremo no se refiere directamente a los bancos. Se trata de un cambio en una norma fiscal, que establece quién pagará el impuesto en la firma de una hipoteca en el futuro. La sentencia anula la normativa anterior, clara y contundente, que hacía pagar el impuesto al cliente bancario, al contribuyente a efectos de Hacienda. Los bancos obviamente no ingresaban ninguna cantidad de sus clientes por el impuesto. A partir de ahora, y siempre que se confirme la sentencia del 16 de octubre, los bancos serán el sujeto pasivo del impuesto. ¿Qué harán los bancos? Cumplir la ley, como han hecho en el pasado con respecto a la legislación existente, sobre éste y sobre cualquier otro tema.

Es de justicia reconocer que los bancos no tienen ninguna responsabilidad pasada en el pago del impuesto a raíz del cambio tributario decidido por el Tribunal Supremo. Es justo porque los bancos no han cobrado nada de sus clientes por el impuesto. ¿Cómo justificar que se penalice a los bancos por haber cumplido la ley vigente? La legislación también reafirma la falta de retroactividad de una sentencia en firme que anula una normativa general anterior. Esto lo dice el propio Tribunal Supremo en otra sentencia que ha creado jurisprudencia. La efectividad de la sentencia, de cualquier cambio de ley, es desde el momento en que se hace pública. Lo contrario generaría inseguridad jurídica y deterioro en la confianza en el sistema.

Los bancos quieren volver a la normalidad en su operativa lo antes posible, para lo que hace falta tener reglas claras ahora y certidumbre jurídica en el futuro. No se puede cuestionar de forma recurrente su operativa, algo sin precedentes en el pasado y a nivel europeo, máxime cuando los bancos siempre cumplen con la legalidad existente.

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