La organización de la AEB está compuesta por los órganos de gobierno, los órganos de control y gestión y la Vicesecretaría General.
Órganos de Gobierno.
De acuerdo con sus Estatutos, la Asociación Española de Banca está regida por los siguientes órganos de gobierno:
La Asamblea General de los Asociados
La Asamblea General de la AEB está integrada por todos sus bancos socios y asociados. Le corresponde la elección de su Presidente, la elección de los vocales del Consejo General, determinar las directrices de actuación de los órganos de gobierno de la asociación, aprobar el informe de gestión y aprobar su presupuesto y las contribuciones de sus miembros para el mantenimiento de la asociación.
El Consejo General
El Consejo General está compuesto por el Presidente y 20 vocales elegidos por la Asamblea General en representación de los socios de pleno derecho.
El Secretario General y el Vicesecretario General de la AEB también participan en las reuniones del Consejo informando sobre los asuntos relacionados con la gestión de la asociación.
Sus funciones más importantes son asegurar que la actuación de la asociación se ajusta a las directrices fijadas por la Asamblea General, adoptar las decisiones y acuerdos que requieran asuntos de especial importancia, ser informado de las actuaciones desarrolladas por la asociación, la elección de los vocales del Comité Ejecutivo, el nombramiento, a propuesta del Presidente, del Secretario General de la Asociación y el conocimiento y aprobación previa de todos los asuntos que hayan de someterse a la Asamblea General.
El Comité Ejecutivo designado por el Consejo General se reúne por razones de urgencia para adoptar los acuerdos que sean necesarios en las mismas materias que son competencia del Consejo General.
Miembros de Organos de Gobierno
El Presidente
Al Presidente de la Asociación le corresponden, entre otras funciones, las de presidir las reuniones de los órganos de gobierno de la AEB, velar por el cumplimiento de las directrices generales que para la actuación de la Asociación se fijen por la Asamblea General y vigilar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por ésta y por los restantes órganos de gobierno.
Asimismo, el Presidente de la AEB representa legalmente a la Asociación en todo tipo de actos y frente a cualesquiera personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Los Interventores
Los interventores, designados cada año por la Asamblea General de la AEB, tienen como función específica la supervisión y control de todas las cuentas, gastos e ingresos de la Asociación durante el ejercicio económico para el que sean designados y hasta que los resultados del mismo sean definitivamente aprobados por la Asamblea General.
El Secretario General
De acuerdo con los Estatutos de la Asociación el Secretario General tiene como misión la de asistir al Presidente y a los restantes órganos de gobierno en el ejercicio de sus funciones y cometidos, así como la de dirigir la ejecución práctica de sus acuerdos.
Del Secretario General de la AEB depende jerárquicamente todo el personal que presta sus servicios profesionales para la Asociación.
El Secretario General cuenta con el apoyo de un Vicesecretario General entre cuyas funciones se encuentran llevar la secretaría de los órganos de gobierno de la AEB así como desarrollar las tareas que le sean encomendadas por dichos órganos o por el Secretario General de la AEB.